CASO DE USO CONSTITUCIÓN

Solicitar certificados para profesional nunca fue tan sencillo.

Este proceso permite que los empresarios realicen todos los trámites necesarios para la creación de una empresa, como la elaboración de contratos, actas constitutivas y la inscripción en registros públicos, de manera rápida, segura y sin necesidad de desplazamientos físicos.

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Caso de Uso - Constitución de Firmas Electrónicas

Procedimiento de Constitución Virtual de una SACS

1. Firma Digital de los Accionistas

El Decreto Legislativo Nº 1409, que regula la creación de Sociedades Anónimas Cerradas Simplificadas (SACS), junto con su reglamento, el Decreto Supremo Nº 312-2019-EF, permite la constitución de estas empresas mediante el uso de firma digital por parte de los socios o accionistas. Los socios deben ser exclusivamente personas naturales (se excluyen otras personas jurídicas) y se requiere un mínimo de dos personas. Los socios deben firmar digitalmente varias declaraciones juradas sobre la veracidad y legalidad de los fondos aportados al capital. El requisito principal para la constitución de esta sociedad es la adquisición de una firma digital o certificado digital.

1.1 Certificado Digital Emitido por Empresas Autorizadas

Para obtener el certificado digital siendo personas naturales, es necesario iniciar la solicitud con una copia del DNI. Este certificado permite a los socios firmar digitalmente documentos, como contratos y actas, sin necesidad de ir físicamente a una oficina. El proceso puede realizarse en línea y suele completarse en unas pocas horas si no hay inconvenientes.

2. Registro en la Plataforma SID-SUNARP

2.1 Acceso a SID-SUNARP

El representante de la empresa debe ingresar al módulo SACS del SID-SUNARP a través de la página web oficial de SUNARP.

2.2 Creación de una Cuenta en SID-SUNARP

Una vez en el sistema, el representante debe crear una cuenta en la plataforma SID-SUNARP y realizar la reserva automatizada de la denominación social. Debe completar todos los datos necesarios para la creación de la empresa, de acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 1409 y su reglamento.

2.3 Reserva de la Denominación Social

La reserva de denominación societaria es obligatoria según la Ley General de Sociedades, la cual actúa de forma supletoria a las normas especiales. La denominación social debe ser única y adecuada a los requisitos establecidos para la formación de la SACS. Los datos que se deben incluir son:

  • La denominación social, que debe contener la indicación “Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada” o la sigla SACS.
  • El domicilio principal de la empresa y las sucursales, si las hubiera.
  • El plazo de duración de la sociedad.
  • El objeto social.
  • El monto del capital suscrito y pagado totalmente.
  • Los nombres, documentos de identidad y domicilios de los accionistas fundadores.
  • Los aportes de cada accionista.

Las SACS pueden constituirse con el acuerdo de entre 2 y 20 personas naturales, y el proceso completo puede realizarse en un plazo máximo de 72 horas. Esto representa una alternativa rápida y accesible para pequeñas empresas, especialmente las conformadas por emprendedores jóvenes.

El costo del trámite para la constitución de la SACS es de S/. 18.70 por el acto constitutivo y el costo por la inscripción registral, cuyos montos pueden ser pagados en línea mediante una billetera electrónica, usando un código QR.

3. Confirmación de SUNARP vía Correo Electrónico

Una vez completado el proceso de reserva y calificación, SUNARP enviará una confirmación por correo electrónico, incluyendo la anotación, el asiento de inscripción y el número de RUC asignado a la nueva empresa SACS.

4. Certificado Digital para Gestión de Proveedores

Una vez creada la empresa SACS, es recomendable gestionar un Certificado Digital de Identidad para facilitar la firma digital de acuerdos con proveedores y otros documentos legales. Esto ayuda a reducir los costos asociados a trámites notariales y de papelería.

El Certificado Digital de Identidad es emitido por una entidad certificadora autorizada, y vincula un par de claves con la identidad de una persona específica, otorgando validez jurídica a los documentos firmados electrónicamente. En Perú, la Ley N° 27269 y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM (modificado por el DS N° 070-2011-PCM), regulan el uso de firmas digitales, otorgándoles plena validez legal.

Los certificados digitales para personas jurídicas deben estar acreditados por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), garantizando que las empresas cumplan con las normativas establecidas y asegurando la legalidad de los documentos firmados digitalmente.

Plataformas y Herramientas para la Firma Electrónica

  • Firmeasy: Plataforma que ofrece servicios de firma electrónica avanzada y firma digital certificada. Visita www.firmeasy.legal
  • Firma Perú: Software desarrollado por el estado peruano. Visita firmaperu.gob.pe
  • ReFirma: Software desarrollado por RENIEC. Visita reniec.gob.pe
  • Firma ONPE: Software desarrollado por la ONPE. Visita www.onpe.gob.pe
  • SUNARP: Para la constitución de empresas y otros documentos. Visita www.sunarp.gob.pe
  • Software acreditado por INDECOPI: Consulta la lista de confianza de INDECOPI en www.indecopi.gob.pe

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