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Notario firmando digitalmente un parte notarial para presentarlo por SID-SUNARP Normativa y Legal
Normativa y Legal 8 min de lectura

Certificado digital para notarios en Perú: qué exige el Decreto Legislativo 1049

Qué dice el DL 1049 sobre firmas y certificados digitales del notario y qué exige SUNARP para presentar partes por SID-SUNARP. Custodia y qué elegir.

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Para un notario, la firma digital no es un accesorio: queda en documentos con fe pública. Aquí verás dónde aparece en la norma, qué exige SUNARP y qué conviene definir antes de elegir un certificado.

¿Qué dice la normativa sobre el certificado digital para notarios?

Un certificado digital para notarios permite que el notario autorice instrumentos y suscriba documentos con firma digital. El artículo 24 del Decreto Legislativo N.° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, contempla que produzcan fe los instrumentos que el notario autoriza utilizando firmas y certificados digitales, y SUNARP pide esa firma digital del notario para recibir partes por vía electrónica.

El decreto se publicó en 2008 y ha sido modificado desde entonces, por ejemplo por el Decreto Legislativo N.° 1232. Por eso conviene contrastar siempre cualquier cita con el texto vigente.

Si necesitas repasar qué distingue una firma digital de otras, está explicado en firma electrónica vs. firma digital.

¿Por qué una imagen de la firma no equivale a una firma digital?

Una imagen de una rúbrica es solo una representación gráfica. La firma digital usa criptografía y un certificado digital, y por eso permite comprobar al firmante y detectar modificaciones del documento. Es el mismo problema que explicamos en por qué tu firma escaneada no te protege.

Imagen de firmaFirma digital
Representación visualOperación criptográfica
Puede copiarse con facilidadPermite detectar modificaciones
No acredita por sí sola la integridadProtege la integridad del documento
No usa necesariamente un certificadoUsa un certificado digital

La diferencia pesa más cuando el documento va a un registro público y debe poder validarse después.

¿Qué es el SID-SUNARP y qué pide a la firma del notario?

El Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP) es el canal para presentar títulos de forma electrónica. La Resolución N.° 164-2020-SUNARP/SN autorizó, desde el 1 de diciembre de 2020, la presentación por SID-SUNARP de partes notariales, copias certificadas, documentos privados con certificación notarial de firmas y solicitudes con actos inscribibles en el Registro de Personas Jurídicas, siempre que estén suscritos con firma digital del notario. Además, la presenta como una alternativa a presentar títulos en soporte papel.

Más adelante, según la nota publicada por LP Derecho sobre la Resolución N.° 169-2023-SUNARP/SN, de octubre de 2023, las partes y solicitudes notariales para los registros jurídicos deben presentarse solo de forma electrónica.

El flujo, en términos generales, es este:

  1. El notario formaliza el instrumento.
  2. Se genera el parte notarial.
  3. El notario lo firma digitalmente con su certificado.
  4. El parte se presenta por el SID-SUNARP.
  5. SUNARP realiza la calificación registral.

Un detalle importante: la Resolución 164-2020 exige que el documento esté suscrito con firma digital del notario, pero no detalla el tipo de certificado ni requisitos técnicos adicionales. Para un caso concreto, valida esos puntos con SUNARP. Del lado del ciudadano, este mismo canal se ve en trámites en SUNARP sin colas.

¿Puede un asistente usar el certificado del notario?

No debería diseñarse un proceso en el que otra persona use la firma personal del notario. La firma digital es personal, y ceder su control es un riesgo para el titular y para el documento.

Conviene distinguir dos cosas:

  • Automatizar tareas administrativas: preparar documentos, ordenar expedientes, generar reportes.
  • Ceder el control de la firma digital del notario: que un tercero firme en su nombre.

Lo primero es compatible con una buena operación; lo segundo, no. Antes de instalar o usar un certificado, define:

  • quién tendrá acceso y dónde se almacenará;
  • cómo se protegerá la clave privada;
  • cómo se autentica el titular cada vez que firma;
  • cómo se revoca el certificado ante un incidente;
  • cómo se evita que terceros firmen en nombre del notario.

La facilidad operativa nunca debería sacrificar la seguridad de la firma. En cuanto a las consecuencias de una mala custodia, el régimen de responsabilidad notarial debe consultarse en el texto oficial de la norma vigente.

¿Firma digital y sello de tiempo son lo mismo?

No. Pueden usarse juntos, pero cumplen funciones distintas.

TecnologíaFunción principal
Certificado digitalVincula una identidad con información criptográfica
Firma digitalProtege la autoría y la integridad
Sello de tiempoAporta evidencia temporal
ValidaciónComprueba la firma y el certificado
SID-SUNARPCanal digital de presentación registral

La Resolución 164-2020 solo menciona la firma digital del notario; no menciona el sello de tiempo. Eso no impide usarlo como evidencia complementaria, por ejemplo en archivos de larga duración. Si quieres entenderlo mejor, mira qué es el sello de tiempo y por qué fortalece tu firma digital.

¿Qué debe revisar una notaría antes de comprar un certificado?

El certificado es una pieza de un proceso. Antes de elegir, responde:

  1. ¿Para qué sistema se usará? Por ejemplo, SID-SUNARP u otras aplicaciones notariales.
  2. ¿Quién será el titular? El certificado debe corresponder a la identidad y la función del firmante.
  3. ¿Dónde se almacenará? Debe haber una estrategia segura de custodia.
  4. ¿Qué software lo usará? Debe ser compatible con el flujo.
  5. ¿Cómo se validarán las firmas? El receptor debe poder comprobarlas, como vimos en cómo se valida una firma digital en Perú.
  6. ¿Qué pasa si vence? Hace falta un proceso de renovación que evite interrupciones.
  7. ¿Qué ocurre si la clave se compromete? Debe existir un procedimiento inmediato de revocación.

¿Qué debe evaluar un proveedor de software notarial?

Si desarrollas software para notarías, no basta con un botón de «Firmar». El sistema debería evaluar:

  • compatibilidad con certificados;
  • control de acceso y autenticación;
  • uso de claves y registro de eventos;
  • trazabilidad y validación;
  • integración con SUNARP;
  • gestión de errores y renovación de certificados.

Para tareas de sistema, como documentos generados automáticamente, existe el certificado de agente automatizado; no sustituye la firma personal del notario.

Conclusión

El certificado digital del notario está ligado a una función jurídica y se usa con control, seguridad y trazabilidad. La norma notarial contempla la firma digital, y SUNARP la pide para recibir partes por el SID-SUNARP. Elige certificado, custodia y software pensando en el proceso completo, no solo en la emisión.

Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Revisa siempre el texto oficial y vigente de las normas citadas.

Preguntas frecuentes

¿El DL 1049 reconoce la firma digital del notario?

Su artículo 24 contempla que produzcan fe los instrumentos que el notario autoriza utilizando firmas y certificados digitales. Revisa siempre el texto vigente del decreto, que ha tenido modificaciones.

¿Un notario puede presentar partes digitales ante SUNARP?

Sí, a través del SID-SUNARP. La Resolución 164-2020-SUNARP/SN autorizó la presentación electrónica de partes notariales suscritos con firma digital del notario para el Registro de Personas Jurídicas, y la Resolución 169-2023-SUNARP/SN dispone que las partes y solicitudes notariales se presenten solo de forma electrónica.

¿Se puede compartir el certificado digital de un notario?

No conviene. La firma digital es personal y debe mantenerse bajo el control de su titular, con la clave privada protegida y un procedimiento de revocación ante cualquier incidente. Confirma con el texto oficial el régimen de responsabilidad que corresponde.

¿La Resolución 164-2020 exige sello de tiempo?

No lo menciona: solo exige que el documento esté suscrito con firma digital del notario. El sello de tiempo puede sumarse como evidencia temporal complementaria, pero no es un requisito de esa resolución.

¿El certificado digital del notario sirve solo para SUNARP?

No necesariamente. Puede usarse en otros procesos compatibles con su finalidad y con la política del certificado, pero cada caso de uso debe evaluarse.

¿Un proveedor de software notarial puede integrar la firma digital?

Sí, siempre que la arquitectura respete el control de las claves, la autenticación del titular y la trazabilidad. No basta con agregar un botón de «Firmar».

Siguiente paso

Si tu notaría o tu software necesita firma digital, estas son las opciones:

Fuentes

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